Este miércoles, mediante falta judicial, en Ecuador si está autorizado por primera vez a la posibilidad de hacerlo Un paciente terminal recurre a la eutanasia.. Anteriormente, la Corte ecuatoriana tuvo más éxito: le dio al Ministerio de Salud dos meses para desarrollar un Reglamento sobre la eutanasia activa. y seis meses en la Defensa del Pueblo para redactar un proyecto de ley que la norma y que el Congreso tendrá que discutir y aprobar de una sola vez cuadrado de un año.
La decisión tomada por el Tribunal Constitucional de este país es una ley de uno dura batalla legal alentado por Paola Roldán, una mujer de 43 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (Y EL).
La enfermedad de Roldán fue inutilizando progresivamente sus músculos y lo necesario Asistencia de oxígeno y personal especializado las 24 horas.. Además, solo puede alimentación intravenosa.
en agosto de 2023la mujer había presentado uno pedido denunciando la inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Penal de Ecuador, que tipifica el asesinato y establece una pena de 10 a 13 años de prisión para el cometiere. La eutanasia, como tal, no fue incluida como causa de inculpabilidad o culpabilidad en el derecho ecuatoriano.

En su fallo, el tribunal de máxima garantía de Ecuador declaró «constitucionalidad condicional» por la muerte asistida de Roldán, aunque estableció que un médico tendrá que seguir el procedimiento y ella tendrá que expresarlo consentimiento inequívoco, libre e informado o, en caso de no ser posible informarle, deberá hacerlo a través de su representante.
Otro de los requisitos establecidos por el Tribunal es el del paciente sufrimiento intenso causado por una lesión que necesariamente debe ser de carácter corporal, grave e irreversible, o por una enfermedad que sea grave e incurable.
Roldán planteaba además en su demanda que la muerte digna Es una descripción de «personas que padecen enfermedades graves o incurables». y deciden ser “libres y voluntariamente poner fin a su vida” para evitar “sufrimiento o dolor físico o emocional intenso”.
En una declaración que a principios de noviembre vía Internet, la mujer les dijo a sus hijos: “Semana a semana soy testigo de cada facultad que estoy perdiendo”.
A pesar de lo dictado por esta sentencia, la eutanasia no era legal en el Ecuador, aunque se contemplaba la “eutanasia pasiva”, es claro, la posibilidad de La decisión de desconectarse es un tomo familiar los equipos que mantienen la vida de un paciente.
«Varias veces pensé que no sería fácil ver los frutos de esta petición, como alguien planta un árbol para que otro se sienta agachado en la sombra», había escrito Roldán el Viernes en Twitter, mientras aún esperaba una resolución.
Muchas veces pensé que no vería los frutos de esta pregunta, como quien planta un árbol para que otro se sienta bajo su sombra.
Pero sobrevivió y ahora quiero ver si la sangre de la justicia y la humanidad corre por las venas de este país, o si seguimos retrógrados… https://t.co/jr51X9Gx2T
— Paola Roldán Espinosa (@PaolaRoldanE) 2 de febrero de 2024
Ahora le corresponderé al Ministerio de Salud elaborar un Reglamento sobre la eutanasia activa.por lo que la Corte falló en su contra dos meses.
La Defensa Pueblo, por su parte, tenderá seis meses para redactar un proyecto de ley esa es la regla. La Asamblea Legislativa tendrá que discutir y aprobar este proyecto en lugar de un año.
Eutanasia en Argentina
En nuestro país la muerte asistida No esta permitidoesto también si, la ortotanasia existeesto es lo que se conoce como eutanasia pasiva: ni dar algo a un paciente ni prolongarle la vida cuando esto es médicamente inútil.
La ley que autoriza esta práctica en nuestro país es la 26.742 y fue quirúrgica en el año 2012, a partir del caso de Camila López lo que soy más dos años en la sala de batalla de un hospital, internado en estado vegetativo.
Según esta ley, el mismo paciente, en estado de lucidez, pero sabiendo que se encuentra en una situación de enfermedad terminal e irreversible, puede Rechazar procedimientos quirúrgicos, reanimación. artificial o incluso pedir que están retirando medicamentos de apoyo vital cuando sean extraordinarios o desproporcionados con las perspectivas de mejora o produzcan un sufrimiento inmensurable.
También puede ser ordena al doctor que deje de atendery también que hay que alimentarlo e hidratarlo cuando esto sólo es para prolongar el tiempo en un estado terminal irreversible o incurable.
En el resto de América Latina Sólo Colombia ha despenalizado la eutanasia.en 1997. Uruguay y Chile aún discuten proyectos en este sentido, mientras que en México la llamada existe ley del “buen morir”«, que autoriza al paciente o a su familia a instar a que no se prolongue la vida por medios artificiales.