Nuestro sitio web utiliza cookies para mejorar y personalizar su experiencia y para mostrar anuncios (si los hay). Nuestro sitio web también puede incluir cookies de terceros como Google Adsense, Google Analytics, Youtube. Al utilizar el sitio web, usted acepta el uso de cookies. Hemos actualizado nuestra Política de Privacidad. Haga clic en el botón para consultar nuestra Política de privacidad.

Notario Digital: servicios al alcance de los ciudadanos mediante acceso seguro |  Mis Derechos |  Economía

Notario Digital: servicios al alcance de los ciudadanos mediante acceso seguro | Mis Derechos | Economía

EXCELENTES IMÁGENES

A partir del 9 de noviembre los ciudadanos podrán entregar algunos documentos al notario en línea permitiendo agilizar el intercambio de información de forma casi inmediata. La Ley 11/2023 de digitalización de las prácticas y registros notariales permite a los ciudadanos y empresas gestionar sus presupuestos y tener disponibles por primera vez entre otros escritos copias electrónicas de sus documentos notariales. Este será el principal servicio que obtendrás. en línea los usuarios, pero no el único. Existen otros documentos y escrituras notariales que se pueden transmitir en formato electrónico.

¿Cómo puedo acceder a este servicio?

El primero es la acreditación en el Portal Notarial Ciudadano a través del sistema Cl@ve PIN, los certificados digitales autorizados por organismos oficiales (como el de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre FNMT), las emisiones para empresas certificadoras (certificados digitales de abogados, doctores o registradores) o el certificado europeo eIDAS (servicios de identificación, autenticación y seguridad electrónica).

También puedes registrarte gratis ante notario o en tu propia página web.

¿Cómo se puede enviar una copia de un escrito electrónicamente?

Los ciudadanos podrán elegir sobre la marcha en línea al notario que prefieran, pero sobre todo ubicar donde tienes los originales de tus documentos y enviarles copias. El Consejo General del Notariado calcula que las copias electrónicas solicitadas por ciudadanos y empresas podrían superar fácilmente los 13 millones al año.

Luego de acreditarte accede al servicio de solicitud de copias, donde deberás seleccionar el nombre del notario que autorizó esta escritura, el número y tipo de copias necesarias y agregar la documentación requerida para legitimar la actuación. El notario depositará el duplicado de la escritura en el portal, antes de la suscripción del Arancel correspondiente.

¿Se podría hacer un testamento electrónicamente?

“Sólo si es posible otorgar testamento telemáticamente si hay situación epidémica declarada y mientras dure la obligación de confinamiento”, afirma María Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado.

Desde el Portal Notario será posible gestionar únicamente las solicitudes que el ciudadano haya iniciado electrónicamente, mantenerse informado sobre su estado, realizar las gestiones necesarias hasta su empresa que deberá realizar en presencia del notario y disponer de un repositorio de las solicitudes firmadas.

Una vez que el notario electo reciba la petición de testamento, se comunicará con el ciudadano para procesar el documento según sus requisitos, facilitando al contratista su revisión y confirmación.

El ciudadano deberá contactar con el notario para proceder a la autorización y firma del testamento y el notario depositará una copia electrónica simple en el espacio privado de la web.

¿Podrás firmar poderes de forma online?

Podrá instar al notario electo para la gestión de la sociedad de poderes para actos concretos y de representación procesal en formato electrónico para su ejecución en las Administraciones públicas, cumpliendo con las facultades en que el ciudadano designado puede intervenir en su nombre y representación.

Este servicio también permite al ciudadano enviar y firmar la revocación de posesiones, salvo medidas cautelares (otorgados en caso de perder la capacidad de expresar la voluntad), cancelando así las facultades otorgadas a las personas designadas en su nombre y representación.

¿Se pueden firmar las hipotecas electrónicamente?

No. Una vez elegido el préstamo hipotecario, el ciudadano podrá elegir un notario de forma electrónica para consultar la documentación facilitada por la entidad financiera y prestarle un asesoramiento imparcial y gratuito.

El ciudadano deberá acudir al notario seleccionado para concertar una citación y que el notario electo autorice la firma de la operación financiera.

¿Qué otros documentos se pueden firmar electrónicamente?

Servicio en línea Permitir a los ciudadanos enviar y firmar digitalmente la cancelación de garantías cuando la administración crea que ha cumplido con la obligación garantizada. El notario validará la información aportada y gestionará el documento que firmará el día de la citación.

Puede transmitir electrónicamente tarjetas de pago, documento enviado por un titular a la persona que recibió la cantidad de dinero adeudada por su deuda. O lo que es lo mismo, que el contador entregue un papel con una silla al ciudadano indicando que el título que ostenta con él está soldado.

También puedes enviar y firmar digitalmente Conciliaciones para resolver conflictos entre particulares y empresas. a través de rutas alternativas hacia la justicia. El acuerdo recibido es un proceso de conciliación que requiere un compromiso de participación entre las partes y se eleva a documento público para tener fuerza ejecutiva. Esto significa que, en caso de incumplimiento por parte de cualquiera de las partes, podrás pedalear tu ejecución inmediata directamente al juego.

Las escrituras notariales, que son la constatación del dinero o la percepción que el notario tiene de ellas, siempre pueden ser transmitidas electrónicamente por su indolente no es posible calcular escrituras y contratos. Se limita a dar fe de hechos que percibe el fedetario. Puedes enviar y firmar electrónicamente para que el notario valide la información proporcionada por ti y gestionará el documento que firmará el día de la citación.

A través de la legitimación de la empresa, los ciudadanos podrán enviar sus documentos a legitimar ante notario con todas las garantías de autenticidad para su presentación ante las administraciones públicas. En estos casos no se utiliza la videoconferencia pero si los documentos añadidos no están firmados digitalmente, el usuario podrá firmarlos con su certificado electrónico antes de enviarlos al notario.

¿Quién utilizará principalmente las videoconferencias?

María Teresa Barea asegura que la videoconferencia notarial servirá para agilizar los medios corporativos de emergencia para las empresas o resolver situaciones societarias en las que resulta complicado reunirse presencialmente con todas las personas implicadas.

Las ampliaciones de capital, el número de directores, los cambios de domicilio de las empresas, los actos del consejo general serán los principales servicios transmitidos vía videoconferencia.

Los ciudadanos podrán firmar documentos vía videoconferencia si previamente han seleccionado esta opción, recibiendo un enlace para acceder a ella y contactar con el notario de forma electrónica. Los escritos y documentos que puedes realizar en videoconferencia son la firma de fincas concretas, la cancelación de garantías, tarjetas de pago, conciliaciones extrajudiciales y escrituras notariales.

¿Podrás crear un negocio de forma electrónica?

La nueva legislación permite la creación de sociedades anónimas ante notario de forma electrónica, de acuerdo con la legislación europea que exige que un país de la UE pueda constituir una sociedad en otro país sin necesidad de la presencia física de los administradores.

No está permitida la constitución electrónica de sociedades anónimas. pagos no monetarios, que deben realizarse mediante un instrumento de pago electrónico. También habilitó una serie de escritos y estados para su constitución que permiten que el lugar de su calificación e inscripción en el registro mercantil sea de sólo seis horas, una de las principales novedades de la última reforma legislativa.

Además, todos los documentos societarios pueden realizarse electrónicamente, desde la constitución de sociedades, hasta el número de cargas, ventas, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, cambios de domicilio, liquidaciones…

¿Es seguro utilizar este servicio?

La seguridad informática del proceso está garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada por los notarios, por su sede electrónica y su red privada, por todos los desarrolladores creados por el centro tecnológico del Notariado, Ancert.

La prestación de este servicio electrónico incluye las máximas garantías de seguridad y protección jurídica. Estará disponible en la Notaría Electrónica, creada en 2004. Desde la Notaría aseguran que es un espacio dotado de los mayores expertos en seguridad para obtener el Esquema de Seguridad Nacional (ENS), un nivel alto, que sólo tienen las organizaciones campesinas. .

Pero como recuerda José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado, “los notarios seguirán prestando sus servicios de forma presencial en los expedientes de los 3.000 notarios que hay repartidos por todo el país, evitando cualquier brecha digital”.

La agenda de los Cinco Días

Las cotizaciones económicas más importantes del día, con las claves y contexto para entender tus alcanza.

RECÍBELO EN TU CORREO

By Adilia Girón Ontiveros

Entradas relacionadas